26-0233 GASOLINERA - Los Molinos (Madrid)
- Data:
- Article:
- 26. Procediment en defensa dels drets i interessos dels operadors econòmics per les autoritats competents
- Sector CNAE:
- G- Comerç a l'engròs i a l'detall. Reparació de vehicles de motor i motocicletes
- Principi LGUM:
- Necesitat i proporcionalitat del medi d'intervenció (art. 5 y 17)
Resum
El 9 de diciembre tuvo entrada en esta Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado una reclamación en el marco del procedimiento del artículo 26 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM).
La reclamante entiende que la Orden 3224/2020, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se deniega la solicitud de calificación urbanística para la construcción e implantación de actividad de estación de servicio y tienda en la Parcela 1 del Polígono 7 de Los Molinos, vulnera sus derechos e intereses legítimos.
En la medida en que el contenido y la aplicación de un instrumento de planeamiento urbanístico pueda limitar el acceso o ejercicio de una actividad económica, éste habrá de ajustarse a los principios de LGUM, en especial al principio de necesidad y proporcionalidad recogido en su artículo 5 e instrumentado en el artículo 17 de dicha Ley.
En consecuencia, debería señalarse la razón imperiosa de interés general (como puede ser salud pública, seguridad pública, entorno urbano y protección del medio ambiente) que se pretende salvaguardar, y analizar el nexo causal entre la razón a proteger y la decisión adoptada, así como la inexistencia de medidas menos distorsionadoras de la actividad económica.