26.0227 ACTIVIDADES PROFESIONALES – IEE Asturias – Ingeniero de Minas
- Date:
- Article:
- 26. Procedure in defense of the rights and interests of economic operators by the competent authorities
- CNAE Sector:
- M- Professional, scientific and technical activities
- LGUM principle:
- Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)
Summary
Se ha presentado ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado una reclamación contra una resolución del órgano competente del Principado por la que se deniega la competencia de un ingeniero de minas para realizar un Informe de Evaluación de Edificios (IEE) declarando la competencia en exclusiva de los arquitectos o arquitectos técnicos o titulaciones equivalentes para realizar tal labor.
La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado entiende que la determinación por las autoridades competentes en relación con los profesionales que deben ser considerados “técnicos competentes" para realizar los Informes de Evaluación de la Edificación, debe realizarse conforme al principio de necesidad y proporcionalidad regulado por el artículo 5 de la LGUM, incluyendo a todos los profesionales capacitados para ello, según sus conocimientos técnicos y experiencia y según las características intrínsecas de la elaboración de este tipo de informes.