26.0024 JUEGO. Salones Recreativos y de Juego

Date:
Article:
26. Procedure in defense of the rights and interests of economic operators by the competent authorities
CNAE Sector:
R- Artistic, recreational and entertainment activities
LGUM principle:
Need and proportionality of the means of intervention (art. 5 and 17)

Summary

La reclamación de este caso se presenta frente al Decreto 55/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el reglamento de salones Recreativos y Salones de Juego de la Comunidad Valenciana. En concreto, el reclamante se centra en los artículos 4.1, 9.2.b) y 9.3, por los que se prohíbe la instalación de nuevos salones de juego -o el cambio de clasificación de salón recreativo a salón de juego- cuando exista otro u otros salones de juego autorizados dentro de un radio de 800 metros, al considerar que podrían vulnerar lo establecido en los artículos 5, 9 y 17 de la LGUM. De este modo, se cuestiona la necesidad y proporcionalidad del requisito, y si la alternativa por la que opta el regulador es la menos distorsionadora. 

La Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado, a partir del análisis recogido en este informe, y de la jurisprudencia del TJUE, plantea que cabría cuestionar la adecuación a los principios de necesidad y proporcionalidad del requisito de distancias mínimas entre Salones de Juego y Salones Recreativos antes referido, al no reflejarse en la norma de forma clara la Razón Imperiosa de Interés General que se trata de salvaguardar ni la relación causal entre dicha razón y la forma de intervención propuesta.