26.0087 EDUCACIÓN – Centros Formación Empleo – Cantabria

Date:
Article:
26. Procedure in defense of the rights and interests of economic operators by the competent authorities
CNAE Sector:
P- Education
LGUM principle:
Necessity and proportionality of the requirements (art. 5); Prohibited Requirements (art.18); Nondiscrimination (art. 3)

Summary

Se presenta en la Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado una reclamación contra la Orden HAC/42/2016, de 20 de septiembre de 2016, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a 2016, de las subvenciones de formación de oferta, en modalidad presencial, consistentes en la ejecución de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas (Cantabria). 

En concreto, se reclama contra los apartados a, b y c del artículo 9.6, de la Orden, que otorgan puntuación a las entidades de formación solicitantes que tengan experiencia en formación para el empleo en Cantabria. 

El informe de la Secretaría considera que los criterios de valoración en las convocatorias de ayudas públicas vinculados, por ejemplo, a la generación o permanencia de actividad económica en un determinado territorio no pueden considerarse “per se” directamente contrarios al artículo 3 y 18.2 de la LGUM, siempre que no impliquen discriminación por razón de residencia o domicilio social. No obstante, dichos criterios de valoración deben configurarse de forma necesaria y proporcionada conforme al artículo 5 de la LGUM. Informe