26.0208 GESTIÓN DE RESIDUOS – Planta de Tratamiento de Residuos de Construcción. Almería

Date:
Article:
26. Procedure in defense of the rights and interests of economic operators by the competent authorities
CNAE Sector:
E- Water supply, sanitation activities, waste management and decontamination
LGUM principle:
Need and proportionality of the means of intervention (art. 5 and 17)

Summary

Se ha presentado en esta Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, reclamación contra la Resolución Desfavorable del expediente de Autorización Ambiental Unificada, para un "Proyecto de instalación de planta de tratamiento y valorización de residuos de construcción y demolición no peligrosos", y construcción de accesos en zona rural de Dominio Público Hidráulico. En concreto, el interesado alega que esta Resolución sería contraria al principio de necesidad y proporcionalidad regulado en el artículo 5 de la LGUM.

En relación con el instrumento de intervención administrativa, la exigencia de autorización en este caso sería conforme al artículo 17 de la LGUM, al está amparada por normas con rango de Ley, cuya razón imperiosa de interés general (RIIG) a proteger es el medioambiente, sin que pueda garantizarse dicha protección mediante una declaración responsable o una comunicación.

En relación con los requisitos que condicionan su concesión o denegación, en particular, la protección medioambiental, así como la aplicación de la normativa relativa al dominio público hidráulico, deben analizarse a la luz del artículo 5 de la LGUM, y ser igualmente necesarios y proporcionados. En este caso, se considera que se cumple el principio de necesidad al salvaguardar la RIIG de protección del medio ambiente, y, en la medida en que no existan medios menos distorsionadores de la actividad económica que permitan dichas garantías, sería igualmente proporcionado.