28.0029 ACTIVIDADES PROFESIONALES - Seguridad industrial. Organismos de Control
- Date:
- Article:
- 28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
- CNAE Sector:
- M- Professional, scientific and technical activities
- LGUM principle:
- Need and proportionality of the means of intervention (art. 5 and 17)
Summary
El informante presenta una declaración responsable a la Administración Autonómica correspondiente para ejercer la actividad como Organismo de Control Persona Física, en el ámbito de la Seguridad Industrial para el control de Ascensores. Ésta le solicita que presente la acreditación de la ENAC para poder ejercer la actividad, en virtud del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, como requisito que ha de acompañar a la declaración responsable.
El informante rechaza la solicitud de tal acreditación por entender que la jurisprudencia ha dejado sin efecto este trámite, mientras que la Administración Autonómica señala que la jurisprudencia sólo declara la inaplicabilidad de la autorización como régimen de intervención, en favor de medios de intervención menos gravosos como son la declaración responsable o la comunicación.
La Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado considera que, en el ámbito de las actuaciones de los organismos de control, puede entenderse que el medio de intervención consistente en la exigencia de una declaración responsable, previa acreditación, es conforme a los artículos 5 y 17 de la LGUM.