28.0035 TURISMO. Alquiler de apartamentos

Date:
Article:
28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
CNAE Sector:
I- Hostelry
LGUM principle:
Need and proportionality of the means of intervention (art. 5 and 17)

Summary

Un particular, que es propietario de un apartamento en las Islas Baleares, informa que la normativa actual de las Islas Baleares no le permite ofrecerlo a través de canales de oferta turística (para alquilarlo a turistas).

La Consejería de Turismo y Deportes del Gobierno de Baleares ha expuesto las razones por las cuales considera que es necesaria la unidad de explotación de los apartamentos turísticos y por las que no pueden comercializarse estancias turísticas en unidades sometidas al régimen de propiedad horizontal (la protección de los consumidores y usuarios, de los habitantes de las islas, de los establecimientos de alojamiento turístico legalmente establecidos y de la conservación del medio ambiente).

No obstante cabría analizar la proporcionalidad de la regulación de Baleares en relación con la razón imperiosa de interés general que ésta pretenda proteger. Por ello se va a continuar con el procedimiento abierto de coordinación interadministrativa con las Comunidades Autónomas, que ostentan la competencia exclusiva en materia de ordenación turística, para la adaptación de las normas reguladoras actuales a la modificación efectuada por la Ley 4/2013, de 4 de junio en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), sin perjuicio de que, en su caso, se contemplen y justifiquen razones imperiosas de interés general que no puedan solucionarse con medidas menos restrictivas.