28.0165 FORMACIÓN - Protección contra incendios - Requisitos Castilla y León
- Date:
- Article:
- 28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
- CNAE Sector:
- P- Education
- LGUM principle:
- Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)
Summary
Se ha recibido información sobre la existencia de obstáculos a la libertad de establecimiento en el ámbito de la actividad de entidad de formación.
En particular, en relación con la autorización para impartir cursos específicos de formación para la habilitación de operarios cualificados en protección contra incendios, la interesada considera desproporcionados varios requisitos, principalmente la exigencia de una clase presencial al principio del curso, y la exigencia de diversos controles en cuanto al número mínimo de horas dedicado en cada módulo, y necesarios para poder realizar la evaluación del curso.
La exigencia de autorización para ejercer la actividad de entidad de formación del caso que se presenta puede ampararse en la RIIG de seguridad pública y, por lo tanto, ser conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la LGUM. Los requisitos que condicionan la concesión de dicha autorización deben cumplir los principios de necesidad y proporcionalidad establecidos en el artículo 5 de la LGUM.
Remitido el expediente a la autoridad competente a través del punto de contacto de Castilla y León, la Dirección General de Industria de la Consejería de Empleo e Industria de Castilla y León se ha comprometido a revisar la exigencia de una sesión presencial previa al curso de teleformación, sustituyéndola por otros mecanismos que garanticen el mismo objetivo de atención de las consultas del alumno en relación con la metodología del curso.