26.0079 COMERCIO. Equipamientos comerciales. Moratoria Menorca

Fecha:
Artículo:
26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
Sector CNAE:
G- Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos de motor y motocicletas
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)

Resumen

Una Asociación del sector reclama frente al Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Menorca de aprobación definitiva de la Norma Territorial Cautelar previa a la formulación del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales de Menorca, por la que queda suspendido el otorgamiento de autorizaciones para la implantación y ampliación de los grandes establecimientos comerciales hasta la aprobación inicial del Plan Director Sectorial de Equipamientos Comerciales, sin que su vigencia pueda superar los tres años.

Considerando que cualquier intervención de las autoridades sobre el acceso y el ejercicio de las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de la LGUM, debe respetar los principios de ésta norma y que la falta de desarrollo normativo no es óbice para que una determinada medida de intervención económica deba soportarse en todo caso sobre los principios de necesidad y proporcionalidad, la evaluación de la suspensión prevista en la Norma Territorial Cautelar lleva a esta Secretaría a considerar que, de acuerdo con los términos de los artículos 5 y 17 de la LGUM, cabría cuestionar la necesidad y proporcionalidad de esta medida.