26.0174 TRANSPORTE – Transporte de mercancías vehículos pesados Valencia

Fecha:
Artículo:
26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
Sector CNAE:
H- Transporte y almacenamiento
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad de los requisitos (art. 5)

Resumen

Se ha presentado en la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) reclamación contra la Resolución de denegación de la solicitud de autorización de transporte público de mercancías por carretera para vehículos pesados, dictada por el Servicio Territorial de Transportes de la Comunidad Valenciana con fecha 14 de diciembre de 2018, al exigir como requisito para conceder la autorización solicitada la disposición de al menos tres vehículos que representen una carga útil de 60 toneladas, cuya antigüedad no sea superior a cinco meses desde su primera matriculación.

Esta Secretaría considera que, todo requisito asociado a un determinado régimen de intervención como es el requisito de un número mínimo de vehículos o el de una antigüedad máxima de los mismos, debe adecuarse al test de necesidad y proporcionalidad establecido en la LGUM. En consecuencia, dichos requisitos deberían encontrar su base en una razón imperiosa de interés general y ser proporcionados a la misma, sin que existan posibles alternativas menos distorsionadoras para la actividad económica.

La exigencia de un mínimo de 3 vehículos para conceder la autorización, ha sido declarada contraria al Reglamento nº 1071/2009 por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.