28.0073 ACTIVIDADES PROFESIONALES – Encofrado nichos funerarios
- Fecha:
- Artículo:
- 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
- Sector CNAE:
- M- Actividades profesionales, científicas y técnicas
- Principio LGUM:
- Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)
Resumen
El interesado informa que ha patentado un encofrado para construcciones funerarias y un sistema de construcción de nichos. Sin embargo, no puede comercializar el producto en todo el territorio nacional porque la normativa de policía sanitaria mortuoria de las distintas Comunidades Autónomas establece diferentes medidas internas de los nichos. Además, señala el interesado que existe la obligación de volver a homologar el sistema de construcción en varias Comunidades Autónomas (CCAA).
La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que conforme a la LGUM, las homologaciones de los sistemas constructivos de nichos alternativos a la construcción tradicional que otorgan las diferentes autoridades sanitarias competentes tienen eficacia nacional, es decir, una vez obtenida la homologación en una Comunidad Autónoma, ésta debe ser aceptada en el resto del territorio nacional.
Además, conforme a los artículos 5 y 17 de la LGUM, cabría cuestionar la necesidad y proporcionalidad de dicha homologación.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a través del Grupo de Trabajo de Sanidad Mortuoria, integrado por representantes de las Comunidades Autónomas y del citado Departamento, se compromete a introducir, en la próxima reunión del grupo, como uno de los puntos del día, la normativa actual sobre las medidas de los nichos.