26.0034 ACTIVIDADES INMOBILIARIAS. Centro comercial Palma de Mallorca
- Fecha:
- Artículo:
- 26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
- Sector CNAE:
- L- Actividades inmobiliarias
- Principio LGUM:
- Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17); Simplificación y transparencia (art. 7 y 8)
Laburpen
Una empresa reclama la denegación, por parte de la autoridad balear, de una autorización autonómica comercial para la instalación de un gran establecimiento comercial colectivo, motivando su decisión en el argumento de que el terreno donde se pretende ubicar el centro no tiene la condición de solar.
La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que los procedimientos de autorización de grandes establecimientos comerciales establecidos en las normativas sectoriales urbanísticas y de comercio deben adecuarse, entre otros, además de al artículo 6 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, a la LGUM, y concretamente, a su artículo 9, a sus artículos 5 y 17 relativos al principio de necesidad y proporcionalidad, a su artículo 7, sobre la simplificación de cargas y a su artículo 8 relativo al principio de transparencia