26.0094 ACTIVIDADES PROFESIONALES - Informe de Evaluación de Edificios. Amurrio

Fecha:
Artículo:
26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
Sector CNAE:
M- Actividades profesionales, científicas y técnicas
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad de los requisitos (art. 5)

Laburpen

Un ingeniero industrial ha presentado ante esta Secretaría una reclamación por entender que la negativa del Ayuntamiento de Amurrio de no aceptar un Informe de Inspección Técnica de Edificios firmado por él, por considerarle técnico no competente para la realización de dicho Informe, es contraria a la LGUM.

El informe de esta Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que es necesaria la revisión de la reserva de la actividad de emisión de Informes de Evaluación de Edificios conforme al principio de necesidad y proporcionalidad contenido en el artículo 5 de la LGUM.