28.0048 ACTIVIDADES PROFESIONALES. Servicios prevención ajenos
- Fecha:
- Artículo:
- 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
- Sector CNAE:
- M- Actividades profesionales, científicas y técnicas
- Principio LGUM:
- Eficacia nacional (art. 6 y 20)
Laburpen
Varias asociaciones del ámbito de los servicios de prevención ajenos informan que uno de sus asociados, que está autorizado por la autoridad laboral de la Comunidad de Madrid, ha recibido escritos de las autoridades sanitarias de la Generalitat Valenciana, en los que se le dice que, con base en los criterios contenidos en el Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los requisitos básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención, debe disponer de determinado número de Unidades Básicas Sanitarias en el centro sanitario de la provincia de (...)
Esta Secretaría considera que en virtud del principio de eficacia nacional no puede exigirse que los recursos humanos de una instalación sanitaria de un servicio de prevención se organicen en función del número de trabajadores cubierto por el citado servicio de prevención en una determinada zona, dado que esos trabajadores podrían estar cubiertos a través de instalaciones ubicadas en una Comunidad Autónoma cercana o mediante acuerdos de colaboración.
Para controlar el número de medios humanos de cada concreta instalación sanitaria, es conveniente que las autoridades sanitarias de las CCAA tengan acceso a la aplicación informática SERPA. Esta Secretaría dirigirá una nota a cada uno de los Puntos de Contacto para la unidad de mercado, al objeto de que las hagan llegar a las autoridades laborales respectivas, recomendando dar acceso al SERPA a sus autoridades sanitarias.
Por otro lado, los Ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Sanidad,Servicios Sociales e Igualdad están acometiendo la modificación normativa precisa para clarificar los requisitos y las exigencias para la actividad sanitaria de los servicios de prevención.