26.0078 Gasolinera. Centro de lavado de coches

Fecha:
Artículo:
26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
Sector CNAE:
G- Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos de motor y motocicletas
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad de los requisitos (art. 5); Requisitos prohibidos (art.18); No discriminación (art. 3)

Resumo

Una empresa reclama frente a la denegación del Ayuntamiento de Elche a su solicitud de certificado o informe de compatibilidad urbanística para la ampliación de un centro de lavado de coches y la instalación de una unidad de suministro de combustible. La empresa reclamante considera que dicha actuación, además de vulnerar la normativa sectorial que regula la instalación de estaciones de servicio y que permite incorporar en establecimientos comerciales instalaciones para el suministro de productos petrolíferos a vehículos, vulnera los principios de no discriminación y de necesidad y proporcionalidad de la LGUM.

El informe de la SECUM emitido en el marco del procedimiento considera que: i) la exigencia de diferentes requisitos de acceso o ejercicio en virtud de la distinta actividad desempeñada por operadores, no puede entenderse como una intervención contraria al principio de no discriminación en el marco de la LGUM; y ii) la normativa sectorial solo ha considerado innecesario y/o desproporcionado la exigencia de una nueva intervención para la instalación de estaciones de servicio para determinados operadores, entre lo que no se encuentra un centro un lavado de coches.