28.0123 ACTIVIDADES PROFESIONALES – Médicos forenses
- Fecha:
- Artículo:
- 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
- Sector CNAE:
- M- Actividades profesionales, científicas y técnicas
- Principio LGUM:
Resumo
Un médico forense ha informado sobre un obstáculo a la unidad de mercado en el ámbito de la regulación, recientemente aprobada, sobre reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. Por un lado, informa que los precios públicos establecidos para los informes de pericia que emiten los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) en el marco del procedimiento para la resolución extrajudicial de los conflictos, estarían por debajo de los precios de mercado para la prestación de los mismos servicios. Por otro lado, el interesado considera que la norma establece una reserva de la actividad en favor de los Institutos de Medicina Legal al tratarse de informes vinculantes.
Esta Secretaría considera que, en la medida en que los precios públicos de los servicios se hayan establecido en un nivel que resulte conforme con lo exigido por la Ley de tasas y precios públicos, esta Secretaría no esgrimiría su inadecuación a los principios de la LGUM.
Sobre la cuestión de la reserva de actividad, considera que no se deriva de la norma que los informes de los Institutos sean vinculantes.