Protección de consumidores en materia de cláusulas suelo

El Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo ha establecido un cauce extrajudicial para facilitar a consumidores y entidades de crédito, que tengan suscrito un contrato de préstamo o crédito con garantía hipotecaria, a alcanzar acuerdos y solucionar las controversias que se pudieran suscitar como consecuencia de los últimos pronunciamientos judiciales en materia de cláusulas suelo y, en particular, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016, en los asuntos acumulados C-154/15, C307/15 y C-308/15.

El objeto del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, es facilitar la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria.

Posteriormente mediante el Real Decreto 536/2017, de 26 de mayo, se crea la Comisión de seguimiento, control y evaluación del cumplimiento del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero. La comisión tiene como objeto el seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley.

En cumplimiento de la obligación recogida en el citado Real Decreto, en su artículo 4, se publica el informe en el que se evalúa el grado de cumplimiento del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero. Este informe deberá ​además remitirse por el Presidente de la Comisión a la Comisión de Economía, Industria y Competitividad del Congreso de los Diputados.