Dirección General de Política Económica

La Dirección General de Política Económica está integrada en la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. El Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio, describe en su artículo 6 las funciones que corresponden a la Dirección General de Política Económica, así como su estructura.

Funciones

La Dirección General de Política Económica ejerce las funciones que le atribuye el artículo 66 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de sus competencias, y en particular las siguientes:

  1. El análisis y propuesta de las directrices y orientaciones de la política económica, así como el estudio, elaboración y coordinación de propuestas normativas sobre reformas estructurales con impacto económico.
  2. El apoyo a la persona titular de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa como Secretaría de la CDGAE, incluyendo la coordinación previa con otros ministerios en lo referido a medidas de especial relevancia, para asegurar que su orientación es coherente con las líneas generales de política económica.
  3. La interlocución de España ante la Comisión Europea en el marco del Semestre Europeo y la coordinación del Programa Nacional de Reformas y el seguimiento de la ejecución de las medidas previstas en él, en particular respecto al cumplimiento de las recomendaciones para España de la Unión Europea. A estos efectos, desde la CDGAE se establecerán los procedimientos que garanticen la consistencia entre las prioridades de dotación de fondos para el correspondiente periodo de programación de Fondos Europeos con las medidas de política económica.
  4. El seguimiento y coordinación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el marco de la política económica general, en especial las medidas de reformas, garantizando la consistencia de las medidas del Plan con las líneas generales de política económica y la coordinación con las medidas incluidas en el Programa Nacional de Reformas y el cumplimiento de las recomendaciones para España de la Unión Europea; todo ello sin perjuicio de las correspondientes a la Subdirección General de Fondos Europeos.
  5. El seguimiento de las medidas de política económica adoptadas, para valorar su eficacia en el logro de los fines pretendidos. En este contexto, le corresponde también la propuesta de políticas públicas a evaluar y el seguimiento de las conclusiones de dichas evaluaciones. Las tareas citadas se realizarán en coordinación con el ministerio sectorial afectado. Cuando se trate de políticas de gasto, las propuestas de evaluación y seguimiento se realizarán conjuntamente con el Ministerio de Hacienda, previo análisis en la CDGAE.
  6. El análisis de la incidencia en la política económica general de las políticas en los ámbitos fiscal y presupuestario, laboral, de protección social, de pensiones, del sistema educativo, del consumo, del sistema judicial y seguridad jurídica ex ante, del derecho societario y del sistema sanitario, así como la participación en la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos. Y, también, la elaboración de estudios, informes y propuestas de actuación en estos ámbitos en coordinación con los ministerios sectoriales competentes.
  7. El estudio, análisis e iniciativa de propuestas de reforma de la regulación de las reservas de actividad, las profesiones reguladas y los colegios profesionales.
  8. El estudio, análisis y propuesta de las actuaciones dirigidas a mejorar en España el tratamiento de la insolvencia.
  9. El impulso y coordinación de las iniciativas orientadas a la mejora del clima de negocios en general, incluyendo especialmente iniciativas orientadas a la creación y crecimiento empresarial, así como de atracción de talento a la economía española, sin perjuicio de la colaboración y coordinación con otros departamentos ministeriales competentes. También le corresponde la formulación de propuestas para su reforma e informe de las presentadas por otros departamentos, así como la representación internacional del Reino de España en este ámbito.
  10. La vigilancia de la coherencia de las políticas económicas sectoriales con la política económica general, apoyando la coordinación de las diferentes políticas sectoriales.
  11. El análisis y la elaboración de informes sobre propuestas normativas y de actuación con impacto económico, entre otros, en los ámbitos siguientes: telecomunicaciones, digitalización, audiovisual y sector postal, sector energético, transportes, infraestructuras, vivienda y suelo, industria, comercio y apoyo a la internacionalización, transición ecológica, ciencia e innovación, patentes, turismo y otros sectores que impacten en la productividad y competitividad de la economía como pueden ser, especialmente, aquellos que se encuadran en la denominada economía colaborativa, así como las cuestiones relacionadas con el reto demográfico, para analizar su incidencia en la política económica general. En particular, en el ámbito de las telecomunicaciones y de acuerdo con la normativa sectorial vigente, la emisión de informes preceptivos sobre la definición y análisis de mercados de comunicaciones electrónicas y la valoración de la asequibilidad de los precios incluidos en el servicio universal.
  12. La elaboración de informes y estudios, y el análisis de la incidencia en la política económica general de las propuestas normativas relativas a tarifas, peajes, cánones, tasas, precios regulados u otros precios del sector público con implicaciones sobre el nivel general de precios.
  13. La preparación, coordinación, tramitación y supervisión de las instrucciones que, conforme al Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, el Gobierno da al ICO.
  14. El estudio del ciclo de vida empresarial, incluyendo las empresas de base tecnológica de nueva creación (start-up) y, cuando sea apropiado, los trabajadores autónomos. En este contexto, el análisis y propuesta de actuaciones para reducir obstáculos regulatorios al crecimiento de la empresa y las limitaciones en materia de financiación empresarial, sin pe) rjuicio de las competencias al respecto de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y de la Secretaría de Estado de Industria.
  15. El estudio y fomento de la mejora de la regulación económica, en particular en el sector servicios y en aquellos sectores que se encuadran en la economía colaborativa, y el seguimiento y participación en iniciativas europeas e internacionales relacionadas con la mejora de la regulación económica.
  16. Las de la secretaría de la Conferencia Sectorial para la Mejora Regulatoria y el Clima de Negocios.
  17. El análisis, fomento y propuesta de iniciativas de reducción o eliminación de barreras a la unidad de mercado y al acceso y al ejercicio de las actividades económicas. Asimismo, el ejercicio de las funciones de Secretaría para la Unidad de Mercado prevista en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado, incluyendo la gestión del Observatorio de Buenas Prácticas Regulatorias.
  18. El apoyo al análisis y evaluación de las ayudas de estado desde el punto de vista de la normativa europea en el ámbito del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa especialmente en relación con los Marcos Temporales de ayudas de la Comisión Europea.
  19. La valoración de las concentraciones económicas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
  20. La elaboración de las propuestas normativas en materia de defensa de la competencia y seguimiento de iniciativas internacionales en la materia.
  21. La representación del Reino de España en las instancias de la Unión Europea en las que se trata la regulación europea, y su desarrollo, en materia de competencia, incluyendo ayudas públicas, en el marco del mercado interior, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de las funciones de coordinación asumidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  22. Las propias de la Autoridad Nacional de Coordinación del Instrumento de Apoyo Técnico de la Unión Europea.

Estructura

Dirección General de Política Económica

Director: Víctor Ausín Rodríguez

Tel: 91 603 76 92 | 91 603 76 93 | 91 603 76 94

Email: dgpe@economia.gob.es

La Subdirección General para la Secretaría Técnica de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que asume las funciones señaladas en los párrafos b), d) y e) en su ámbito de competencias, y c).

Subdirector General: Josu Xabier Lizarraga Cubillos​

Tel: 91 603 81 92

Email: sgcdgae@economia.gob.es

La Subdirección General de Políticas Sociales y Capital Humano, que asume las funciones atribuidas en los párrafos a), b), d), e) y n) en su ámbito de competencias y en los párrafos f), g), h) e i).

Subdirector General: María Sobrino Ruiz

Tel: 91 603 76 97

Email: sgoje@economia.gob.es

La Subdirección General de Análisis Sectorial, que asume las funciones atribuidas en los párrafos a), b), d) e) y n) en su ámbito de competencias y en los párrafos j), k), l) y m).

Subdirector​ General: Manuel Delacampagne Crespo

Tel: 91 603 77 13

Email: sgas@economia.gob.es

La Subdirección General de Mejora de la Regulación, Apoyo a la Empresa y Competencia, que asume las funciones atribuidas en los párrafos a), b) d) y e) en su ámbito de competencias, y en los párrafos o), p), q), r), s), t), u) y v).

Subdirectora General: Marisa Álvarez Suárez

Tel​: 91 603 77 37

Email​: sumrec@economia.gob.es

El Instituto para la Evaluación de Políticas Públicas (nivel orgánico de Subdirección General), que asume, en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, las funciones siguientes:

  1. La evaluación de las políticas públicas y de los planes y programas cuya evaluación se le encomiende, en coordinación con los departamentos ministeriales.
  2. El fomento de la cultura de evaluación de las políticas públicas.
  3. La formulación y difusión de metodologías de evaluación.
  4. Las previstas en la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado, en los términos de la Disposición Transitoria Única de la misma.

Subdirectora General del Instituto de Evaluación de Políticas Públicas: María José Gómez García