28.0179 GASOLINERA– San Clemente (Cuenca)

Fecha:
Artículo:
28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
Sector CNAE:
G- Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos de motor y motocicletas
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)

Resumen

​Una empresa que pretende instalar una estación de servicio 4.0 tecnológicamente adaptada para energías limpias en el municipio de San Clemente (Cuenca) informa a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) que ha realizado diversas actuaciones sin que hasta la fecha haya podido obtener las licencias necesarias.

Esta Secretaría considera que, en la medida en que la actuación de la autoridad competente pueda suponer un límite al acceso o ejercicio de una actividad económica, habrá que estar a los principios establecidos en la LGUM, en especial al principio de necesidad y proporcionalidad establecido en sus artículos 5 y 17.

En este sentido, la autoridad competente debería señalar la razón imperiosa de interés general que se pretende salvaguardar (como puede ser la salud o la seguridad pública, o la protección del medio ambiente y del entorno urbano o el patrimonio histórico artístico), teniendo en cuenta el carácter protegido o no del suelo, y analizar, en atención a la proporcionalidad de la medida, la relación de causalidad de esta limitación con la razón imperiosa de interés general que se invoque, así como la inexistencia de una alternativa que provocase menor distorsión a la actividad económica.

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