Ayudas para hogares

Línea de Avales ICO DANA

A través de esta Línea de Avales ICO DANA, hogares, autónomos y empresas tendrán acceso a liquidez para hacer frente a los daños sufridos y apoyar así la recuperación de las zonas afectadas.

¿Cuál es la finalidad de esta Línea?

Facilitar la rápida llegada de los importes de las indemnizaciones y de las ayudas solicitadas por los hogares y comunidades de propietarios residentes en alguno de los municipios afectados por la DANA para que puedan paliar cuanto antes los daños causados en sus viviendas y vehículos por las fuertes precipitaciones. Para ello, esta Línea avalará los préstamos concedidos por las entidades financieras como anticipo de las cantidades a percibir del Consorcio de Compensación de Seguros y/o de las Administraciones públicas en concepto de indemnizaciones o ayudas.

¿Quién puede solicitar estos préstamos avalados?

Hogares o comunidades de propietarios residentes en alguno de los municipios afectados por las consecuencias del desastre natural que estén empadronados, tengan su centro de trabajo, su residencia habitual o esporádica en alguno de los municipios del recogidos en el ANEXO del Real Decreto-ley 6/2024, así como los empleados en un centro de trabajo localizado en alguno de estos municipios.

¿Cómo funciona esta Línea y dónde tienen que dirigirse para realizar la solicitud de la financiación avalada?

  • Los hogares y comunidades de propietarios interesados en acogerse a esta Línea de Avales deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito que suscriban con el Instituto de Crédito Oficial los correspondientes contratos para participar en esta Línea de Avales.
  • No se podrá obtener financiación avalada por una misma ayuda o indemnización en más de una entidad financiera.
  • El ICO publicará el listado de entidades que se vayan adhiriendo a esta Línea.
  • La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
  • Las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte de su cliente de ningún otro servicio o producto.

¿Hasta cuándo se podrá solicitar la Línea Avalada?

  • Las entidades podrán solicitar los avales para operaciones de financiación concedidas entre el 29 de octubre de 2024 y el 30 de noviembre 2025 y los avales se podrán otorgar hasta el 31 de diciembre de 2025.

Hogares

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Indemnizaciones por el Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) asume la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que reciba, previa valoración de los daños indemnizables, derivadas de los daños por las inundaciones provocadas por la DANA.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada.
  • El Consorcio indemniza bajo las condiciones de la póliza de seguro original (bienes, capital, límites, etc.).

¿Qué daños cubre?

Se cubren los daños causados en personas y bienes asegurados, como viviendas y automóviles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda.

  • Daños en bienes (materiales directos): La póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos. Ejemplos: seguros multirriesgo del hogar, etc.
  • Daños en vehículos: Se necesita tener cobertura por daños al vehículo (ya sea todo riesgo, lunas, robo) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).
  • Daños personales (lesiones o fallecimiento): Se necesita tener un seguro de vida o accidentes con coberturas de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.

¿Cómo solicitar la indemnización?

Aunque las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado, se recomienda que se haga través de las propias aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños:

Por teléfono: Línea gratuita 900 222 665

Por Internet: Puede presentar una solicitud accediendo a través de Formulario

Moratoria de préstamos

  • Se concederá un período de moratoria o suspensión temporal de los pagos de préstamos hipotecarios y sin garantía hipotecaria, acordada con su banco, que le permite evitar penalizaciones durante dificultades financieras.
  • Podrán acogerse a una moratoria las familias (sin sujeción a límite de renta) de las zonas afectadas.
  • Supondrá una moratoria de 3 meses del pago de intereses y de capital de su préstamo y de 9 meses adiciona​les del pago del capital.
  • En caso de hogares residentes en alguna de las localidades ​incluidas en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, la duración del Código de Buenas Prácticas para la adopción de medidas urgentes para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad, se extenderá hasta los cuarenta y dos meses para que los hogares afectados puedan congelar sus préstamos (hipotecarios y no hipotecarios) y así continuar ofreciendo a los hogares en riesgo de vulnerabilidad un mecanismo de alivio en el pago de su hipoteca.​
  • Se tramitará a través de las entidades bancarias.

Medidas adicionales para el alivio financiero de los hogares

Adelanto del cobro de los Planes de pensiones

Se establece la posibilidad, con carácter excepcional, de disponer anticipadamente de los derechos consolidados en los planes de pensiones de los que sean partícipes. Podrán acogerse a esta medida los titulares de negocios, explotaciones agrarias, forestales o ganaderas o industrias que hayan sufrido daños como consecuencia directa de la DANA; los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender o cesar en la actividad; los trabajadores afectados por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE); o las personas que hayan perdido su vivienda habitual, o cuando ésta haya sufrido daños, como consecuencia directa de la DANA.

Para solicitarlo consulte la entidad con quien tenga contratado su plan de pensiones.

@Infodanagob Info DANA Gobierno de España  

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