Proyecto de RD relativo a los mercados de instrumentos financieros, que modifica el RD 1066/2007, RD 1082/2012, RD 813/2023, RD 814/2023 y RD 815/2023, en relación con los registros oficiales de la CNMV, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión
Resumen
El proyecto de real decreto modifica diversas normas españolas relacionadas con los mercados de capitales, con el objetivo de transponer y adaptar la legislación nacional a recientes directivas y reglamentos de la Unión Europea. La iniciativa se enmarca en el impulso a la Unión de Ahorros e Inversiones y está orientado a mejorar la competitividad del mercado de capitales, facilitando el acceso de las empresas —especialmente las de menor tamaño— a los mercados, incentivando la participación del inversor minorista y reforzando la industria de gestión de activos.
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Espacio para la participación
Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico audiencia@economia.gob.es hasta 30 de abril de 2026, haciendo constar en ellas:
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde).
- Contacto (correo electrónico).
Se ha puesto a disposición de los interesados un documento en el que pueden consignarse y remitirse, en el mismo formato, las observaciones al anteproyecto.
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.