Participación pública sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se por la que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1238 relativo al Producto Paneuropeo de Pensiones Personales (PEPP)

Objetivos de la norma​

La Comisión Europea ha presentado una propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1238 relativo al Producto Paneuropeo de Pensiones Personales (PEPP). El objetivo clave es facilitar de forma eficaz el papel de las pensiones complementarias como parte esencial del contrato social más amplio de la UE, a la vez que se moviliza el ahorro privado hacia inversiones productivas a largo plazo, contribuyendo a la financiación de la economía europea y al refuerzo de su sostenibilidad económica y social.

El Reglamento (UE) 2019/1238 sobre el Producto Paneuropeo de Pensiones Personales (PEPP) se adoptó para hacer frente al desarrollo fragmentado y desigual de los mercados de productos de pensiones personales en la Unión Europea. Las personas que deseaban complementar sus pensiones públicas y las de los productos de pensiones ocupaciones solo disponían de un acceso limitado y desigual a productos de pensiones personales asequibles y atractivos.

La ambición de reformar el Reglamento PEPP responde a la necesidad de mejorar su funcionamiento para los ciudadanos de la UE corrigiendo las deficiencias que han impedido su pleno desarrollo y su adopción en el mercado.

Así, con esta revisión se busca mejorar su funcionalidad y eficacia práctica, estableciendo una base sólida y eficiente para un régimen de productos de pensiones personales que complementen tanto los sistemas públicos de pensiones como los sistemas de previsión social complementaria ocupacionales de los Estados Miembros. Para ello, la reforma trata de simplificar el marco normativo, reduciendo las barreras que dificultan actualmente la oferta y la distribución del producto, para hacerlo más atractivo, accesible y con bajos costes para todos los ahorradores de la Unión y, al mismo tiempo, facilitar el desarrollo de un PEPP más sofisticado con opciones adicionales de inversión o gestión del riesgo que permitan a los proveedores ofrecer soluciones más adaptadas a distintos perfiles de riesgo, condiciones de mercado y contextos nacionales.

En último término, la reforma pretende no solo mejorar las opciones de ahorro para la jubilación de los ciudadanos y asegurar ingresos de jubilación más elevados y fiables, sino también movilizar el ahorro privado hacia inversiones productivas a largo plazo.

La revisión de la Reglamento (UE) 2019/1238 se apoya en análisis y aportaciones técnicas de EIOPA, en particular en el Staff Paper publicado en 2024 sobre el futuro de los PEPP y en la aportación técnica presentada en 2025 en el contexto de la Unión del Ahorro y la Inversión. Asimismo, se han tenido en cuenta los resultados de las consultas realizadas a las partes interesadas en 2025 y también se ha tomado en consideración las conclusiones y recomendaciones del Informe Especial 14/2025 del Tribunal de Cuentas Europeo relativo al desarrollo de las pensiones complementarias en la Unión

Contenido de la norma

La Propuesta introduce una reforma de alcance amplio, articulándose en tres artículos, siendo el más extenso el que incorpora la revisión del Reglamento (UE) 2019/1238.

El artículo 1 es el que aborda la revisión de dicho Reglamento, introduciendo modificaciones que se centran en los siguientes ejes principales:

  • Garantizar productos de pensiones eficientes mediante la supresión de determinadas características restrictivas del diseño del PEPP, permitiendo así una mayor competitividad en el mercado, al tiempo que se facilitan las inversiones a largo plazo en mercados privados.
  • Asegurar una mayor transparencia en materia de comisiones y costes con el fin de crear las condiciones necesarias para obtener mayores rentabilidades y aumentar la percepción de los ciudadanos del valor, como inversión a largo plazo para la jubilación, de los productos de pensiones complementarias son una
  • Reducir la carga regulatoria y facilitar la viabilidad económica del producto, eliminando la obligación de ofrecer subcuentas en un mínimo de dos Estados Miembros y suprimiendo el límite del 1% en la comisión aplicable al PEPP, sustituyéndolo por un enfoque basado en la relación calidad-precio. Además, también se elimina la obligación de los proveedores de ofrecer un PEPP básico.
  • Facultar la participación de los PEPP en el ámbito laboral sin perder la naturaleza personal del producto, permitiendo las contribuciones empresariales con el objetivo ampliar su alcance, manteniendo la titularidad individual y la portabilidad del producto.
  • Reducir la fragmentación regulatoria, con el objetivo de fomentar una mayor oferta de productos de pensiones del tercer pilar sujetos a normas europeas armonizadas.

El artículo 2 deroga los artículos 13, apartados 2 y 3 del artículo 14 y el artículo 15 del Reglamento Delegado (UE) 2021/473 que regulaban detalladamente el tratamiento de los costes asociados al PEPP básico, así como los parámetros técnicos y cuantitativos aplicables a las técnicas de reducción del riesgo y a las estrategias de inversión basadas en el ciclo de vida del ahorrador. La derogación de dichos artículos responde al objetivo de simplificar y flexibilizar el marco normativo aplicable a los PEPP.

El artículo 3 regula la entrada en vigor, la fecha de aplicación y el carácter obligatorio del Reglamento.

Plazo y dirección de correo para el envío de comentarios

A fin de garantizar la participación de los ciudadanos y entidades en los procesos de elaboración normativa, se abre un proceso de participación pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones potencialmente afectados por la Propuesta, cuyo enlace figura al final de esta página.

Se podrán presentar comentarios hasta el 20 de febrero de 2026.

La dirección de correo electrónico para enviar los comentarios es: caipregulacion.dgsfp@economia.gob.es

Enlace a la propuesta