Estructura y competencias
La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, bajo la superior dirección del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, ejercerá las funciones previstas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el ámbito de sus competencias, relativas a la orientación de la política económica, situación económica coyuntural, previsión de las magnitudes macroeconómicas, políticas económicas sectoriales, informe y aprobación de precios, tarifas, peajes y cánones en materias de su competencia, tesorería del Estado, gestión de la deuda pública, política financiera, seguros y reaseguros privados, capitalización y fondos de pensiones, política de prevención del blanqueo de capitales, estadísticas y representación en las instituciones financieras internacionales y en determinados foros internacionales económicos y financieros.
Órganos Directivos que dependen de la SEEyAE
De la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa dependen los siguientes órganos directivos:
- La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, con rango de Subsecretaría, de la que a su vez dependen:
- La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, y
- La Dirección General de Financiación Internacional.
- La Dirección General de Política Económica
- La Dirección General de Análisis Macroeconómico
- La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Se adscriben o vinculan al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, en los términos previstos en su normativa reguladora:
- El organismo autónomo Instituto Nacional de Estadística (INE).
- La entidad pública empresarial Instituto de Crédito Oficial (ICO).
- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
- La autoridad administrativa independiente FROB.
La CNMC, la CNMV y el FROB se vinculan a esta Secretaría de Estado en los términos previstos en los artículos 109 y 110 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.