26.0206 CONTRATACIÓN PÚBLICA. Prevención bomberos Granada

Fecha:
Artículo:
26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
Sector CNAE:
Sector Público
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad de los requisitos (art. 5)

Laburpen

Una empresa ha presentado ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado reclamación contra los Pliegos de la licitación convocada por el Consorcio Provincial para la Prestación del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Provincia de Granada para la contratación del servicio de mantenimiento integral de equipos de protección respiratoria autónoma, detectores y equipos de protección química. En concreto se reclaman diversas clausulas relativas a los requisitos de capacidad de los licitadores (medios humanos) para la prestación del servicio.

Esta Secretaría considera que los requisitos de capacidad incluidos en los Pliegos de licitación deben ser necesarios y proporcionados, de acuerdo con el artículo 5 de la LGUM.

En este sentido, esos requisitos deben configurarse de forma que no limiten de forma innecesaria y/o desproporcionada el acceso de operadores a la licitación ni dejen fuera de la misma a empresas que no los alcancen, pero que estén perfectamente capacitadas para llevar a cabo el servicio en el tiempo y con la calidad requerida.