28.0124 ACTIVIDADES PROFESIONALES – Tasaciones periciales
- Fecha:
- Artículo:
- 28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
- Sector CNAE:
- M- Actividades profesionales, científicas y técnicas
- Principio LGUM:
- Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)
Laburpen
El Colegio de Ingenieros Industriales de Galicia informa que la Agencia Tributaria de Galicia no reconoce la competencia técnica de los ingenieros industriales para la elaboración de informes de tasación pericial contradictoria en el caso de bienes de naturaleza urbana o de naturaleza rústica.
El informe de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que la reserva de actividad para la realización de tasaciones inmobiliarias en el marco de las tasaciones contradictorias en procedimientos de gestión tributaria debe realizarse de forma necesaria y proporcionada conforme a los artículos 5 y 17 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
En la medida en que las competencias técnicas (genéricas y específicas) adquiridas por los ingenieros industriales les capaciten para realizar las tasaciones periciales de inmuebles en el ámbito tributario, estos debieran considerarse competentes para tal objeto.