26.0186 ACTIVIDADES PROFESIONALES – Colegiación abogados - Vigo
- Data:
- Article:
- 26. Procediment en defensa dels drets i interessos dels operadors econòmics per les autoritats competents
- Sector CNAE:
- M- Activitats professionals, científiques i tècniques
- Principi LGUM:
- Necesitat i proporcionalitat del medi d'intervenció (art. 5 y 17); No discriminació (art. 3); Cooperació i confiança mútua (art. 4 y 12)
Resum
Se ha recibido en la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) la reclamación de una abogada contra la Resolución del Ilustre Colegio de Abogados de Vigo que le impone una sanción por no haberse colegiado en dicho Colegio, a pesar de tener su domicilio profesional en Vigo. La reclamante considera que ello infringe la LGUM.
Teniendo en cuenta la LGUM, y la Ley 17/2009, de 23 de noviembre y la Directiva de Servicios, esta Secretaría considera que el artículo 3.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, podría interpretarse en el sentido de que sería suficiente la colegiación en el lugar donde se tenga el primer domicilio profesional. Esta colegiación sería por tanto la que habilitaría al profesional para ejercer su profesión, sin perjuicio del uso por parte de los Colegios de sus mecanismos de comunicación y cooperación para el ejercicio de sus competencias, cuando fuese necesario por cambios en el domicilio de los colegiados, como en el caso de la reclamante.