28-0196 ACTIVIDADES PROFESIONALES - Nave de aperos. Ingenieros Técnicos Industriales. Almería

Date:
Article:
28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
CNAE Sector:
M- Professional, scientific and technical activities
LGUM principle:
Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)

Summary

​El  Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Almería ha informado a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado sobre la negativa del Ayuntamiento de Almería a aceptar, para el otorgamiento de una licencia de legalización de una nave de aperos y dos balsas de riego, un proyecto técnico firmado por un ingeniero técnico industrial por estimar que no tiene competencia para ello, siendo solo competentes para dicha tarea los arquitectos, ingenieros agrónomos e ingenieros técnicos agrícolas.

La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que la determinación de los “técnicos competentes" para prestar servicios en el ámbito de la ingeniería o la arquitectura debe realizarse de forma necesaria y proporcionada conforme al artículo 5 de la LGUM incluyendo a todos los profesionales capacitados según sus conocimientos técnicos y experiencia, así como las características intrínsecas del servicio de que se trate.

Remitido el caso a la autoridad competente (Ayuntamiento de Almería) a través del punto de contacto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ésta se ha reafirmado en su posición.