28-0245 CONTRATACIÓN PÚBLICA - Ingeniero técnico industrial. Picassent
- Date:
- Article:
- 28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
- CNAE Sector:
- Public sector
- LGUM principle:
- Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)
Summary
Se ha recibido en esta Secretaría información acerca de una de las clausulas contenidas en la licitación del Ayuntamiento de Picassent para la contratación del servicio de redacción de los proyectos destinados a la mejora de la eficiencia energética, la generación de energías renovables y la reutilización del agua como objetivo para conseguir unas instalaciones del Polideportivo municipal eficientemente sostenibles, con alta certificación LEED. En concreto esta cláusula exige un equipo humano formado por técnicos competentes en cada una de las materias objeto del trabajo, que deberá estar compuesto al menos por 3 personas, denominadas Técnico 1, Técnico 2 y Técnico 3: Los dos primeros deberán ser titulados en Ingeniería Industrial y el tercero en Ingeniería Industrial o Arquitectura, considerando el interesado que los ingenieros técnicos industriales tienen competencias para redactar los proyectos técnicos citados.
Esta Secretaría considera que la interpretación de la normativa por parte de las autoridades competentes a la hora de considerar los profesionales que son “técnicos competentes" para la redacción de los proyectos destinados a la mejora de la eficiencia energética, la generación de energías renovables y la reutilización del agua como objetivo para conseguir unas instalaciones del Polideportivo Municipal de Picassent eficientemente sostenibles, con alta certificación LEED, debe realizarse conforme al principio de necesidad y proporcionalidad regulado por el artículo 5 de la LGUM.
A lo largo de este procedimiento, remitido el caso a la autoridad competente a través del punto de contacto de la Comunidad Valenciana, el Ayuntamiento de Picassent se ha reafirmado en su posición.