26-0267 ACTIVIDADES PROFESIONALES - Obra menor vivienda. La Rinconada
- Data:
- Article:
- 26. Procediment en defensa dels drets i interessos dels operadors econòmics per les autoritats competents
- Sector CNAE:
- M- Activitats professionals, científiques i tècniques
- Principi LGUM:
- Necesitat i proporcionalitat dels requisits (art. 5)
Resum
Se ha presentado en esta Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM), una reclamación en el marco del procedimiento del artículo 26 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM), contra una Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de La Rinconada (Sevilla), dictada en el marco de un expediente de licencia de obra menor para la sustitución del forjado de la cubierta y el refuerzo del forjado de la planta primera de una vivienda. La Resolución contenía una petición de subsanación consistente en la aportación de un proyecto firmado por técnico competente, considerando que los arquitectos técnicos no tienen competencias para ello.
El informe de la SECUM considera que la interpretación de la normativa por parte de las autoridades competentes a la hora de considerar los profesionales que son “técnicos competentes" para la elaboración de un proyecto de reforma de vivienda consistente en la sustitución del forjado de la cubierta y el refuerzo del forjado del suelo de una de sus plantas, debe realizarse conforme al principio de necesidad y proporcionalidad regulado por el artículo 5 de la LGUM, incluyendo a todos los profesionales capacitados para ello, según sus conocimientos técnicos y experiencia, así como las características intrínsecas del proyecto.