28.0047 TELECOMUNICACIONES. Llodio

Data:
Article:
28. Mecanismes addicionals d'eliminació d'obstacles o barreres detectats pels operadors econòmics, els consumidors i els usuaris
Sector CNAE:
J- Informació i comunicacions
Principi LGUM:
Necesitat i proporcionalitat dels requisits (art. 5)

Resum

Una Asociación de empresas del sector ha informado que diversos preceptos de la “Ordenanza Reguladora de las instalaciones radioeléctricas pertenecientes a las redes de telecomunicaciones en el municipio de Llodio” podrían ser contrarios a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM),al establecer una obligaciónde traslado forzoso de determinadas instalaciones,a un emplazamiento concreto y con posible compartición de ubicación.

La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que determinadas disposiciones de la Ordenanza de Llodio podrían ser contrarias a los principios de necesidad y proporcionalidad contenidos en la LGUM, en la medida en que supongan restricciones absolutas al uso del dominio público y privado para la ubicación de instalaciones radioeléctricas de redes de telecomunicaciones.

Una vez recibida la información en el marco de este procedimiento, esta Secretaría la remitió,como punto de contacto especialmente interesado,al punto de la Comunidad Autónoma del País Vasco, no habiendo recibido propuesta de actuación concreta al respecto.