28.0116 COMERCIO – Horarios Valencia
- Data:
- Article:
- 28. Mecanismes addicionals d'eliminació d'obstacles o barreres detectats pels operadors econòmics, els consumidors i els usuaris
- Sector CNAE:
- G- Comerç a l'engròs i a l'detall. Reparació de vehicles de motor i motocicletes
- Principi LGUM:
- Necesitat i proporcionalitat dels requisits (art. 5)
Resum
Una empresa ha informado que tras las modificaciones realizadas recientemente en la normativa de la Comunidad de Valencia sobre horarios de apertura comercial (Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunidad Valenciana), el centro comercial que gestiona, ubicado es esa Comunidad, continúa sometido a un régimen de horarios de apertura más restrictivo que el que tienen otros centros comerciales cercanos con los que compite, que están situados en la zona de gran afluencia turística (ZGAT) de Valencia.
La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) ha analizado esas modificaciones y considera que cabría cuestionar la necesidad y proporcionalidad de la mayor restricción al ejercicio de la actividad económica que supone la nueva regulación de horarios comerciales aplicable a los comercios situados en las ZGAT declaradas en la Comunidad Valenciana, en la medida en que esa mayor restricción no esté justificada por la existencia de una razón imperiosa de interés general (RIIG) que sea necesario proteger, ni se demuestre su proporcionalidad.
Por ello, conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat ha acordado iniciar negociaciones para resolver sus discrepancias manifestadas en relación con: (i) la Ley 3/2018, de 16 de febrero, de la Generalitat, por la que se modifican los artículos 17, 18 y 22, y la disposición transitoria cuarta, de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalitat, de comercio de la Comunidad Valenciana; y (ii) la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.