Borrador de Orden por la que se modifica la Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Resumen de la norma
Esta orden tiene por objeto la incorporación de los modelos de información estadística sobre la instrumentación de compromisos por pensiones vía contrato de seguro, tanto trimestrales como anuales en la Orden ECM/271/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables de los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como su actualización desde su aprobación en la Orden EHA/1928/2009, de 10 de julio, por la que se aprueban los modelos de la documentación estadístico-contable anual, trimestral y consolidada a remitir por las entidades aseguradoras, y por la que se modifica la Orden EHA/339/2007, de 16 de febrero, por la que se desarrollan determinados preceptos de la normativa reguladora de los seguros privados.
Por otro lado, la obtención de información y su utilización es indispensable para el ejercicio de las competencias administrativas concernientes a la realización de estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones, y de mercados e instrumentos de previsión social complementaria, así como el cumplimiento de sus compromisos de remisión de información a organismos internacionales.
Las modificaciones producidas en la normativa y en la información solicitada o los cambios en el sector, hacen necesario actualizar los modelos de información para incorporar estos cambios. Sería el caso de la modificación de los límites máximos de las aportaciones a los planes de pensiones tras su modificación por la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
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Espacio para la participación
Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico caipregulacion.dgsfp@economia.gob.es hasta el 2 de enero de 2026, haciendo constar en ellas:
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde).
- Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.