28-0190 TRANSPORTE - Taxis Galicia

Date:
Article:
28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
CNAE Sector:
H- Transport and storage
LGUM principle:
Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)

Summary

​​​Se presentan ante la Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado 3 escritos de diferentes interesados que informan sobre la existencia de obstáculos a la libertad de establecimiento en el ámbito de la prestación del servicio de autotaxi.

En concreto, los informantes disponen de al menos una licencia municipal de autoturismo y de la correspondiente autorización discrecional interurbana de transporte público de viajeros de ámbito nacional (VT Nacional). La Consejería de Infraestructuras y Vivienda de la Xunta de Galicia les informó en junio de 2018 que sus licencias de taxi y autorizaciones interurbanas de taxi (VT-N) quedaban sin efecto con fecha 14-7-2018 en virtud de la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2013, de 30 de mayo, que establece que las licencias de taxi y autorizaciones interurbanas de taxi cuyos titulares fueran personas jurídicas se mantendrán en vigor durante un plazo de 5 años a partir del cual solo podrán ser titulares de licencias de taxi las personas físicas.

El informe de esta Secretaría considera que el establecimiento de requisitos al acceso o ejercicio de la actividad económica debe justificarse y ser conforme al principio de necesidad y proporcionalidad establecido en el artículo 5 de la LGUM.

En el curso de este procedimiento la Consejería de Infraestructuras y Movilidad se ha reafirmado en la defensa de este requisito, señalando que la cuestión suscitada ha sido  amplia y expresamente resuelta por reiterados pronunciamientos judiciales, que han afirmado su pleno respeto tanto del sistema constitucional de reparto de competencias y del principio de jerarquía normativa, como, incluso, su plena conformidad con la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.