28-0194 CERTIFICADOS DIGITALES - Certificado digital FNMT

Date:
Article:
28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
CNAE Sector:
Public sector
LGUM principle:
Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)

Summary

​Se ha presentado ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM), en el marco del procedimiento del artículo 28 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM), un escrito informando sobre la existencia de obstáculos al libre acceso y ejercicio a las actividades económicas.

En concreto, se informa que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) requiere una modificación en un poder notarial general para incluir una cláusula específica que mencione la descarga de certificados de la FNMT al efecto de obtener el certificado digital de apoderado de sociedades mercantiles.

Esta Secretaría considera que la exigencia de la cláusula especial en los poderes notariales para la obtención de un certificado digital de la FNMT pueda considerarse conforme al artículo 5 LGUM, de acuerdo con este mismo principio la autoridad competente debería ponderar la proporcionalidad de exigir la modificación un poder general para incluir de forma explícita en este documento una cláusula que parece que ya contendría de forma implícita.

En el curso de este procedimiento, la FNMT ha comunicado que, partiendo de que el uso de sistemas electrónicos está generalizándose, se va a estudiar la posibilidad de expedir certificados para personas jurídicas y otras entidades sin personalidad jurídica cuando se exijan poderes generales, sin que conste cláusula especial, sin perjuicio de que las oficinas de registro y otras entidades públicas pudieran exigir otros instrumentos jurídicos si así lo consideran para el ejercicio de sus competencias administrativas, y cuantas cautelas resultaran necesarias. Todo ello previa salvación de los obstáculos para determinar el alcance de los poderes generales y su diversidad, la necesidad de tener que bastantear todos los poderes aportados para verificar el alcance de las facultades otorgadas por el poderdante y que la FNMT-RCM y las oficinas de registro (AEAT sobre todo) apliquen un criterio uniforme para su admisión.​​