28.0013 MINAS. Concesión derechos mineros

Date:
Article:
28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
CNAE Sector:
B- Extractive industries
LGUM principle:
Prohibited Requirements (art.18); Need and proportionality of the means of intervention (art. 5 and 17)

Summary

El representante de una empresa informa que la exigencia de la acreditación de la solvencia técnica y económica al promotor de un proyecto para la obtención de derechos mineros, contenida en el artículo 17 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de la Ordenación Minera de Galicia, supone un obstáculo a la libertad de establecimiento en el ámbito de la concesión de derechos mineros y es contraria a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre de garantía de la unidad de mercado (LGUM). 

La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que los requisitos de solvencia económica o técnica no pueden ser considerados en sentido general como requisitos económicos prohibidos por el artículo 18 de la LGUM, en la medida en que no se refieran a la realización de pruebas económicas y siempre que sean necesarios y proporcionados. Además, su exigencia es común en el otorgamiento de concesiones para uso privativo de bienes de dominio público, con el objetivo de garantizar que el concesionario cuenta con capacidad suficiente para garantizar la correcta ejecución del proyecto al que se vincula la concesión y, por tanto, puede entenderse como un requisito orientado a proteger una razón imperiosa de interés general, como por ejemplo, la protección del medioambiente. 

En consecuencia, el requisito de solvencia económica recogido en el artículo 17.1.c) de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de Ordenación Minera de Galicia, no se puede considerar necesariamente como requisito prohibido por el artículo 18 de la LGUM. 

Tampoco puede considerarse que per se el requisito explicitado en la Ley 3/2008, de 23 de mayo, sea innecesario y desproporcionado, en cuanto simplemente regula las formas de acreditación de la solvencia, no fijando umbrales sobre variables concretas.