28-0046 COMERCIO. Horarios
- Date:
- Article:
- 28. Additional mechanisms for removing obstacles or barriers detected by economic operators, consumers and users
- CNAE Sector:
- G- Wholesale and Retail. Repair of motor vehicles and motorcycles
- LGUM principle:
- Necessity and proportionality of the requirements (art. 5)
Summary
Una empresa ha informado que el Decreto-Ley 1/20156, de 27 de febrero, de horarios comerciales de la Comunidad Valenciana recientemente aprobado vulnera la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado (LGUM), ya que continúa impidiendo al centro comercial que gestiona la apertura con el régimen de libertad horaria, circunstancia que le impide competir en igualdad de condiciones con otros centros comerciales cercanos que sí disfrutan de ese régimen al estar ubicados en áreas declaradas “zonas de gran afluencia turística”.
El informe de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado considera que cabría cuestionar la necesidad y proporcionalidad de los criterios desarrollados en el citado decreto-ley, que introduce requisitos más restrictivos que la legislación básica estatal para declarar las zonas de gran afluencia turística en las que se permite el ejercicio de la actividad comercial minorista con libertad horaria.
De conformidad con artículo 33de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat ha acordado iniciar negociaciones para resolver sus discrepancias en relación con el artículo 21 y la disposición transitoria segunda del Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, así como designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.