26.0226 GASOLINERA - Valdepeñas (Ciudad Real)
- Fecha:
- Artículo:
- 26. Procedimiento en defensa de los derechos e intereses de los operadores económicos por las autoridades competentes
- Sector CNAE:
- G- Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos de motor y motocicletas
- Principio LGUM:
- Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)
Resumo
Se ha presentado ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado una reclamación contra un Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valdepeñas que deniega la concesión de licencia de obra para la implantación de una estación de suministro de combustible al por menor un polígono de Valdepeñas.
El reclamante considera que esta denegación vulnera el principio de libre establecimiento previsto en el artículo 16 de la LGUM y el principio de necesidad y proporcionalidad regulado por el artículo 5 de la misma Ley, e infringe el artículo 3 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.
La Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado entiende que en la medida en que la actuación de la autoridad competente pueda suponer un límite al acceso o ejercicio de una actividad económica, habrá que estar a los principios establecidos en la LGUM, en especial al principio de necesidad y proporcionalidad establecido en sus artículos 5 y 17.
En consecuencia, debería señalarse la razón imperiosa de interés general que pretende salvaguardarse con la denegación de la licencia solicitada y analizar la proporcionalidad de tal medida en relación con la razón imperiosa de interés invocada, así como la inexistencia de una alternativa que provoque menor distorsión a la actividad económica.