28.0056 JUEGO. Máquinas auxiliares de apuestas

Fecha:
Artículo:
28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
Sector CNAE:
R- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
Principio LGUM:
Requisitos prohibidos (art.18)

Resumo

Dos empresas del sector informan de la existencia de un obstáculo a la libertad de establecimiento en el sector del juego, en la medida en que una Comunidad Autónoma exige en determinados supuestos que para la obtención de la autorización de instalación y ubicación de máquinas auxiliares de apuestas en establecimientos hosteleros sea preciso el consentimiento de la empresa operadora de máquinas de tipo B ya ubicada en el local.

La Secretaría del Consejo de Unidad de Mercado considera que someter la autorización de instalación y ubicación de máquinas auxiliares de apuestas a la conformidad del titular de la autorización de instalación de máquinas de tipo B supone una intervención directa de competidores en la concesión de autorizaciones contraria a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.