28.0172 GASOLINERA - Manzanilla (Huelva)

Fecha:
Artículo:
28. Mecanismos adicionales de eliminación de obstáculos o barreras detectados por los operadores económicos, los consumidores y los usuarios
Sector CNAE:
G- Comercio al por mayor y al por menor. Reparación de vehículos de motor y motocicletas
Principio LGUM:
Necesidad y proporcionalidad del medio de intervención (art. 5 y 17)

Resumo

Una empresa que pretende instalar una gasolinera en el municipio de Manzanilla (Huelva) informa a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) que ha realizado diversas actuaciones sin que hasta la fecha haya podido obtener las licencias necesarias.

Esta Secretaría considera que, en la medida en que la actuación de la autoridad competente pueda suponer un límite al acceso o ejercicio de una actividad económica, habrá que estar a los principios establecidos en la LGUM, en especial al principio de necesidad y proporcionalidad establecido en sus artículos 5 y 17.

En especial, debería señalarse la razón imperiosa de interés general (como puede ser salud pública, seguridad pública, entorno urbano protección del medio ambiente o del patrimonio histórico-artístico) que se pretende salvaguardar con la eventual denegación de la autorización.

En el curso de este procedimiento se ha remitido el expediente a la autoridad competente, a través del punto de contacto de Andalucía. El Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Huelva ha  señalado que “el expediente está actualmente en fase de estudio y continúa su tramitación, no habiéndose emitido hasta el momento resolución, por lo tanto no existe denegación de lo solicitado”.