26.0136 GASOLINERA - Aracena
- Data:
- Article:
- 26. Procediment en defensa dels drets i interessos dels operadors econòmics per les autoritats competents
- Sector CNAE:
- G- Comerç a l'engròs i a l'detall. Reparació de vehicles de motor i motocicletes
- Principi LGUM:
- Necesitat i proporcionalitat dels requisits (art. 5); Necesitat i proporcionalitat del medi d'intervenció (art. 5 y 17)
Resum
Se presenta una reclamación contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Aracena de fecha 8 de junio de 2017 en el que se decide “dejar sobre la mesa” (sic) la solicitud de licencia de obras para la ejecución de una unidad de suministro de combustible desatendida y centro de lavado de coches. La obtención de la licencia se condiciona al cumplimiento del Decreto 537/2004, de 23 de noviembre, por el que se regulan los derechos de las personas consumidoras y usuarias en las actividades de distribución al por menor y suministro a vehículos de combustibles y carburantes en instalaciones de venta directa al público y de las obligaciones de sus titulares, o a la eliminación de la solicitud de licencia de cualquier referencia a una unidad de suministro desatendida.
El informe de la Secretaría considera que, de acuerdo con los términos de los artículos 5 y 17 de la LGUM, cabe cuestionar la necesidad y proporcionalidad de la decisión de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Aracena de vincular la obtención de la licencia municipal de obras o de la licencia de apertura al cumplimiento del Decreto 537/2004, de 23 de noviembre (entendiéndose que dicho Decreto prohíbe las gasolineras desatendidas), o alternativamente, eliminar toda referencia a una unidad de suministro de combustible desentendida en toda la documentación aportada por el solicitante.